Para deudas en tasas e impuestos municipales
Con el objeto de facilitar el pago de tributos municipales a los vecinos y deudas por los mismos, el Ejecutivo envió un proyecto de ordenanza al Concejo Deliberante que contempla facilidades de pago.
El mismo abarca Contribuciones que inciden sobre inmuebles; Contribuciones por los Servicios General de Higiene que inciden sobre la actividad Comercial, Industrial y de Servicios; Contribuciones que inciden sobre los Cementerios; Contribuciones que inciden sobre rodados; Contribuciones por Mejoras, vencidas o devengadas; Deudas por planes de viviendas; Recargos por Derechos de construcción no registrada y/o relevada y demás Tributos Municipales que el Departamento Ejecutivo considere adicionar al presente régimen.
Tiene también como finalidad promover la recaudación de tributos que importen ingresos genuinos, a los fines de permitir afrontar las erogaciones previstas en el presupuesto, para el sostenimiento y sustentabilidad de los servicios públicos municipales.
El mencionado proyecto fue aprobado por mayoría en sesión ordinara del día jueves 18 de abril de 2024.
Con tal motivo, entrará en vigencia desde el próximo 2 de mayo hasta el 31 de julio de 2024.
Las deudas tributarias regularizadas mediante el presente régimen, recibirán el siguiente tratamiento de acuerdo a la modalidad de pago que seleccione el Contribuyente:
Por pago contado hay una bonificación del 100% de los intereses por mora. Y si se abona en dos o tres cutas se hará una bonificación del 80% de los intereses por mora y la financiación no generará intereses.
Quien solicite abonar el monto de la deuda con tarjetas de crédito deberá adherir a los planes de cuotas vigentes y el pago será considerado como contado.